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EL DESAHUCIO
CLASES DE DESAHUCIOS DE VIVIENDAS
– Las que con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, o en la expiración del plazo fijado contractual o legalmente, pretendan que el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana dada en arrendamiento, ordinario o financiero o en aparcería, recuperen la posesión de dicha finca.
COMPETENCIA EN LOS JUICIOS DE DESAHUCIO
CUANTÍA EN LOS PROCEDIMIENTOS DE DESAHUCIO
ENERVACIÓN DE LA ACCIÓN DE DESAHUCIO
REPRESENTACIÓN PROCESAL-ABOGADO Y PROCURADOR
DESAHUCIO EXPRESS
POSIBILIDAD DE PAGO O CONSIGNACIÓN DE RENTAS
PLAZOS PARA DESALOJAR EL INMUEBLE
DESAHUCIO POR PRECARIO
– Que la persona que ejercite la acción tenga la posesión mediata de la finca como propietaria, usufructuaria o por cualquier otro título que le dé derecho a disfrutarla.
NUEVO DESAHUCIO EXPRÉS
El pleno del Congreso ha aprobado con fecha 29 de octubre una nueva regulación sobre el conocido “desahucio exprés”, Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética, facilitando así los trámites judiciales que debe afrontar el propietario de una vivienda para poder desahuciar a los arrendatarios que tengan rentas pendientes.
Esta medida que intenta impulsar el mercado del alquiler, modifica tres leyes: la ley de arrendamientos urbanos, la ley de enjuiciamiento civil y la ley de propiedad horizontal.
Como cambios destacables encontramos:
• La reducción de dos a un mes el período para que el arrendador presente una demanda tras requerir el pago de las mensualidades atrasadas.
• Tras la sentencia judicial correspondiente, el desahucio se realizará en un plazo no superior a 15 días y sin ulteriores trámites.
• Siempre que figure en el documento, el arrendador podrá rescindir el contrato si precisa disponer del piso para uso propio o de familiares directos, en los que se incluyen a padres, hijos o ex cónyuge, en caso de sentencia firme de divorcio o nulidad.
• La norma admite que todas las acciones relativas al desalojo de los inquilinos, tanto de desahucio como de reclamación de rentas, se tramiten en juicio verbal.
• Las comunidades de propietarios pueden aprobar las obras de mejora de la eficiencia energética con el voto favorable de tres quintas partes de los vecinos.